1.
¿Que documentación necesito solicitar al momento
de adquirir un automotor? |
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Ver documentación
a exigir al momento de adquirir un automotor en la página
servicios. |
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2.
¿Puede transferir un automotor con deuda de patentes? |
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NO, debo
contar con libre deuda para poder dar curso a la transferencia.En
este punto cabe mencionar que el Registro Seccional tiene
la obligación de inscribir la transferencia de dominio
(siempre que no medie una observación), pero si el
dominio presenta deuda de patentes, hasta que no se abone
la totalidad de la misma, el Registro no entregará
la documentación de rigor, por lo tanto seré
el nuevo titular registral pero no podré circular
debido a que no cuento con la nueva cédula verde.
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3.
Si estoy abonando una moratoria, ¿Puedo transferir
el automotor? |
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NO, estamos
en el caso anterior, es decir si pido un libre deuda, Rentas
indicará que no hay deuda pero que existe un acogimiento
a una moratoria con cuotas por vencer, con lo cual se deduce
que hasta que no cancele la moratoria, no me entregarán
la documentación de rigor. |
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4.
¿Qué documentación debo entregar si
vendo un automotor de mi propiedad? |
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La misma
que debo requerir al compar un automotor. |
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5.
Cuando compro un automotor en una agencia, ¿Qué
requisitos debe contener el boleto de compraventa? |
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Por lo general cuando compro
un automotor en una agencia, se firma un boleto de compraventa
por mandato, debido a que la operación la cierro
con el dueño de la agencia y no con el dueño
del automotor.
De esto se deduce que el
dueño de la agencia tiene mandato explícito
para realizar la operación. Como comprador debo
tener una fotocopia de ese mandato explícito
que por lo general se hace ante escribano.
El segundo punto que debo
exigir es que ese boleto de compraventa también
contenga la firma del vendedor.
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6.
¿Qué significa que un boleto de compraventa
tenga fecha cierta? |
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Para que
un boleto de compraventa tenga fecha cierta debe celebrarse
ante escribano, de esa manera el escribano asienta en su
libro de actas, la fecha cierta de la operación. |
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7.
La cláusula de responsabilidad civil en un boleto
de compraventa, ¿me exime de responsabilidad civil
ante terceros? |
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La cláusula
de responsabilidad civil de un boleto de compraventa tiene
validéz entre las partes. Para que sea oponible a
terceros, una vez que vendo un automotor de mi propiedad,
debo hacer la DENUNCIA
DE VENTA ante el Registro de la Propiedad
del Automotor, que es la única manera de quedar liberado
de toda responsabilidad. |
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8.
¿Qué significa hacer la denuncia de venta
de un automotor?, ¿Para qué sirve?, ¿Quién
puede hacerla?, ¿Cuál es el arancel?, ¿En
que lugar puedo llevarla a cabo? |
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Lo que significa hacer la
denuncia de venta y para que sirve, está respondido
en la pregunta anterior.
En cuanto a quién
puede hacerla, solamente el titular registral.
El arancel es de: $23 (14
el arancel y 9 la certificación de firma)
Se lleva a cabo únicamente
en el Registro de la Propiedad del Automotor.
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9.
¿Qué es el informe de dominio?, ¿Para
qué sirve?, ¿Quién puede solicitarlo? |
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El informe de dominio no
es otra cosa que un vuelco de información que posee
el Registro de la Propiedad del Automotor sobre un dominio
determinado. El mismo contiene los datos de los titulares
registrales (dado que la propiedad puede estar en condominio),
datos sobre prendas o embargos que pudiere registrar el
dominio y también inhibiciones que pudieren constar
sobre los titulares registrales.
Sirve para saber de manera
oficial el estado del automotor que voy a comercializar.
Puede solicitarlo cualquier
persona ante el Registro de la Propiedad de Automotor,
mediante el uso de la Solicitud
Tipo «02»., para el caso que el dominio en cuestión
esté radicado en ese Registro.
Para el caso que el dominio
no se hallare en ningún Registro de su localidad,
puede solicitarlo mediante el uso de la Solicitud
Tipo «57»., que también puede completarla y
tramitarlo cualquier persona.
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10.
¿Qué es el certificado de dominio? |
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El titular registral, la
autoridad judicial y los Escribanos Públicos, podrán solicitar
la expedición de un Certificado de Dominio mediante el
uso de la Solicitud Tipo
«02».
El certificado de dominio
expedido por el Registro otorgará prioridad frente a los
actos que se presenten con posterioridad a su petición
y durante su plazo de vigencia, siempre que aquellos no
gozaren a su vez de prioridad.
Los actos cuya inscripción
se solicite con posterioridad a la presentación del pedido
de Certificado de Dominio, quedarán pendientes y como
condicionales, debiendo procederse a su procesamiento
definitivo una vez vencido el plazo de vigencia del certificado.
No obstante lo dicho en el
párrafo anterior, se anotarán, inscribirán o despacharán
los trámites que no importen modificar la situación jurídica
del automotor o de su titular.
La prioridad a que se hace
referencia en el artículo anterior, beneficiará exclusivamente
al acto o al trámite que se presente junto con el ejemplar
del certificado expedido por el Registro, y en caso de
que aquél fuere observado, a los que se presenten o hayan
presentado para subsanar la observación o para remover
los obstáculos que la motivaron.
La prioridad prevista en
los artículos anteriores se extenderá hasta las DOS (2)
primeras horas del horario administrativo del Registro
Seccional donde se presente el trámite, correspondiente
al siguiente día hábil del vencimiento de la vigencia
del certificado.
Ver diferencias
entre Informe de dominio y certificado de dominio.
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11.
¿Qué ocurre si compro un automotor que no
está radicado en la ciudad donde vivo? |
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Al momento
de transferirlo, debo solicitar un cambio de radicación.
Ver
requisitos para la transferencia de un automotor con cambio
de radicación.
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12.
¿Puedo verificar un automotor fuera de la ciudad
donde vivo? |
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Si,
simpre que la planta verificadora se encuentre a más
de 100Km. del lugar de radicaión del automotor. |
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13.
¿Qué debo hacer en caso de accidente de tránsito? |
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Ver
servicio accidentes de tránsito |
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14.
¿La cédula verde tiene vencimiento? |
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La
cédula verde tiene una vigencia de dos (2) años,
pero para el TITULAR REGISTRAL NO TIENE VENCIMIENTO. |
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15.
¿Que ocurre si extravío la cédula verde? |
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- Concurrir al Registro
Seccional donde esté ubicado el legajo del titular del
dominio con D.N.I. Completar la Solicitud
Tipo 02. LLevar el Título de Propiedad del Automotor.
- En caso de extravío de
ambos documentos se debe verificar nuevamente el automotor.
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16.
¿Que ocurre si extravío el título del
automotor? |
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- Concurrir al Registro
Seccional donde esté ubicado el legajo del titular del
dominio con DNI Completar
la Solicitud Tipo 02.
- Se debe verificar el automotor,
para ello se debe completar una Solicitud
Tipo 12.
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17.
¿Que ocurre si extravío las chapas patente
del automotor? |
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- Concurrir al Registro
Seccional donde esté ubicado el legajo del titular del
dominio con DNI y solicitar un duplicado de chapas.
- Completar la Solicitud
Tipo 02.
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18.
¿Que ocurre si el automotor no está repatentado? |
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El repatentamiento
de un automotor podrá solicitarse por dos caminos.
- El titular registral deberá
concurrir al Registro Seccional donde se encuentra el
legajo con DNI y completar la Solicitud Tipo 53 y la
Solicitud Tipo 121.
- El adquirente del automotor
también podrá solicitar el repatentamiento
al momento de inscribir la transferencia de dominio
a su favor. Debe tener en cuenta que deberá abonar
una multa de Pesos sesenta ($60), además de los
aranceles correspondientes.
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19.
¿Puedo transferir un automotor prendado? |
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NO. A menos
que el acreedor prendario preste su conformidad. |
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20.
¿Puedo transferir un automotor embargado? |
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NO.
Primero se levantará la medida judicial y luego cuando
el dominio quede liberado, se procederá a cumplimentar
el trámite de transferencia de dominio. |
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21.
¿Qué ocurre si compro un automotor cuyo titular
registral está inhibido? |
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No
podré transferir el automotor, dado que una persona
inhibida no puede disponer de sus bienes. |
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22.
¿Bajo qué condiciones me pueden secuestrar
el automotor? |
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Las razones
más comunes por las que se procede al secuestro
de un automotor son:
- Pedido
de secuestro inscripto en el Registro de la Propiedad
del Automotor, es decir si la autoridad policial o tránsito
detiene el vehículo y consulta el estado de dominio,
observará que obra en él un pedido de
secuestro; por lo tanto obrará en consecuencia.
- No contar
con un seguro de automotor, mínimo de responsabilidad
civil.
- No contar
con carnet de conductor.
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23.
¿Qué documentación necesito llevar
en el automotor? |
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Ver
servicio Operativo SOL (lo que hay que saber antes de emprender
un viaje) |
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24.
Si tengo el título del automotor pero no tengo la
cédula verde, ¿Puedo circular? |
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NO. El único
documento que me habilita para circular el la cédula
verde. |
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25.
El seguro automotor, ¿Es obligatorio? |
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SI,
al menos un seguro de responsabilidad civil |
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26.
¿Si adquiero un automotor 0Km, ¿Debo abonar
el impuesto de incentivo docente? |
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NO. El impuesto
"Fondo Nacional de Incentivo Docente" quedó
derogado a partir del 31 de diciembre de 1999, por lo
tanto todos los automotores 0Km. adquiridos a partir de
esa fecha no abonan el mencionado impuesto.
Ahora bien,
cabe mencionar que si deseo transferir un automotor cuya
incripción inicial se produjo antes del 31 de diciembre
de 1999 y su valor imponible supera los montos estipulados
por la A.F.I.P. para cada categoría, esto es automotor,
camioneta, camión, etc. y no abononó el
correspondiente impuesto, debo hacerlo como así
también los intereses resarcitorios correspondientes
a partir del 31 de enero de 2000 a una tasa del 1 por
mil diario.
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27.
¿Qué vigencia tiene la Verificación
Técnica Vehicular? |
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Tiene una
vigencia de un año.
Los automotores
0Km. no verifican.
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28.
¿Qué ocurre si el automotor fue inscripto
inicialmente antes del 1 de abril de 1.980? |
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Si de la
Verificación Técnica vehicular se trata,
abonará el 50% del arancel estipulado.
Si mi deseo
es transferir el dominio, debo tener en cuenta dos cosas:
- Si el
automotor está repatentado, no corresponde verificar
mediante la Solicitud
Tipo 12.
- Si el
automotor no está repatentado, ahorrará
costos completando una Solicitud
tipo 121.
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29.
¿Qué trámite necesito realizar si deseo
transformar mi camioneta en una casilla rodante? |
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Puede realizarlo el titular
registral haciendo uso de la Solicitud
Tipo 04, indicando que se realizará un cambio
de tipo de carrocería.
Al momento de llenar el formulario,
dejará en blanco la parte que corresponde a la
indicación del tipo de automotor, que lo consignará
el Registro Seccional.
Asimismo deberá acompañar
dos fotos, una de frente y otra a 45 grados, del automotor
reformado.
Deberá verificar el
automotor.
Deberá acompañar
el título del mismo
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30.
¿Qué trámite necesito realizar si deseo
cambiar el motor del automotor? |
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Puede realizarlo el titular
registral haciendo uso de la Solicitud
Tipo 04, indicando que se realizará un cambio
de motor.
Automáticamente se
da de baja el motor que poseía el vehículo.
Si el motor a incorporar
es nuevo, deberá acompañar factura de compra
en original y fotocopia.
Para el caso de ser usado,
deberá acompañar el triplicado de la Solicitud
Tipo 04, con que se procedió a dar la baja
del mismo en el anterior vehículo.
Deberá verificar el
automotor.
Deberá acompañar
el título del mismo
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