En
los 3 elementos (original, duplicado y triplicado) de
la Solicitud Tipo «02», los rubros a completar para cada
uno de 105 trámites en ella previstos, serán los siguientes,
salvo en los trámites 1, 2, 6, 7, 8 y 9, en los cuales
el rubro H) sólo se completará si el peticionario contare
con los datos de identificación del automotor y sin perjuicio
de que el Encargado suministre esos datos al expedir certificados
o informes de estado de dominio, solicitados sin ellos:
TRÁMITE 1: ANOTACION
DE EMBARGOS, LITIS, MEDIDAS DE NO INNOVAR Y OTRAS
MEDIDAS PRECAUTORIAS RELACIONADAS CON AUTOMOTORES
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- L) Datos del juzgado,
causa, N0 de Expte., etc.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.. No requiere
la certificación de la firma del solicitante.
TRÁMITE 2: LEVANTAMIENTO
DE EMBARGOS, LITIS, MEDIDAS DE NO INNOVAR Y OTRAS MEDIDAS
PRECAUTORIAS RELACIONADAS CON AUTOMOTORES
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- L) Datos del juzgado,
causa, N0 de Expte., etc.
- LL) Datos de identificación
del automotor.
- M)
Cuando corresponda para salvar enmiendas, omisiones,
etc.. No requiere la certificación de la firma del
solicitante.
TRÁMITE 3: ANOTACIONES
DE INHIBICIONES, AFECTACIONES Y OTRAS MEDIDAS PRECAUTORIAS
DE TIPO PERSONAL
- F) Datos del solicitante
- L) Datos del juzgado,
causa, N0 de Expte., datos del inhibido.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.. No requiere
la certificación de la firma del solicitante.
TRÁMITE 4: LEVANTAMIENTO
DE INHIBICIONES, AFECTACIONES Y OTRAS MEDIDAS PRECAUTORIAS
DE TIPO PERSONAL
- F) Datos del solicitante
- L) Datos del juzgado,
causa, N0 de Expte., datos del inhibido.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.. No requiere
la certificación de la firma del solicitante.
TRÁMITE 5: CERTIFICADO
DE ESTADO DE DOMINIO
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc..
TRÁMITE 6: INFORMES
DE ESTADO DE DOMINIO
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.. No requiere
la certificación de la firma del solicitante.
TRÁMITE 7: ANOTACION
DE COMUNICACIONES DE SINIESTRO QUE FORMULEN LAS COMPAÑÍAS
ASEGURADORAS
- A) Número de dominio
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.. No requiere
la certificación de la firma del solicitante.
TRÁMITE 8: ANOTACION
DE COMUNICACIONES QUE FORMULEN LAS AUTORIDADES POLICIALES
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc. No requiere
la certificación de la firma del solicitante.
TRÁMITE 9: CERTIFICADO
DE TRANSFERENCIA
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
TRÁMITE 10: DUPLICADO
DE CERTIFICADO DE BAJA DEL VEHÍCULO
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
TRÁMITE 11: DUPLICADO
DE BAJA DE MOTOR
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del motor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
TRÁMITE 12: DUPLICADO
DE BAJA DE CARROCERÍA Y/O CHASIS
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
TRÁMITE 13: DUPLICADO
DE CERTIFICADO DE DENUNCIA DE ROBO O HURTO
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
TRÁMITE 14: DUPLICADO
DE CERTIFICADO DE COMUNICACION DE RECUPERO
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
TRÁMITE 15: ASIGNACIÓN
CODIFICACIÓN MOTOR Y/O CHASIS O CUADRO
- A) Número de dominio.
- E) Motivo del pedido,
parte a gravar y carácter invocado por el solicitante.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
TRÁMITE 16: DUPLICADO
DE TÍTULO
- A) Número de dominio.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
TRÁMITE 17: DUPLICADO
DE CÉDULA, RENOVACIÓN O CÉDULA ADICIONAL
- A) Número de dominio.
- E) Indicar tipo de trámite
(duplicado, adicional o renovación)
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
TRÁMITE 18: CAMBIO
DE USO
- A) Número de dominio.
- E) Consignar nuevo uso.
- F) Datos del solicitante.
- H) Datos de identificación
del automotor.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
TRÁMITE 19: CERTIFICADO
DE OTRAS CONSTANCIAS REGISTRALES
- A) Número de dominio.
- E) Constancia registral
requerida, su motivo y carácter invocado por el solicitante.
- F) Datos del solicitante.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
TRÁMITE 20: OTROS
TRÁMITES
- A) Número de dominio,
si correspondiere
- E) Trámite pedido, motivo
del mismo y carácter invocado por el solicitante.
En los casos de contratos prendarios los demás requisitos
exigidos en el Título II, Capítulo XIII.
- F) Datos del solicitante.
- M) Cuando corresponda
para salvar enmiendas, omisiones, etc.
El uso de
nuevas Solicitudes Tipo será obligatorio desde la fecha
que en cada caso establezca la Dirección Nacional, oportunidad
a partir de la cual los respectivos trámites deberán
ser instrumentados en ellas. Podrán presentarse no obstante
pedidos de anotación o inscripción en las de anterior
modelo, siempre que éstas hayan sido suscritas por todas
o alguna de las partes, con su correspondiente certificación,
antes de que fuere obligatorio el uso de las nuevas
y un ejemplar de estas últimas se acompañe como minuta,
en la que bastará la firma del presentante, sin requerirse
su certificación.
Para peticionar
la inscripción de transferencias instrumentadas por
escritura pública, deberá presentarse el testimonio
del acto notarial y, como minuta, la Solicitud Tipo
correspondiente, suscrita por el escribano autorizante.
En los supuestos
de transferencias u otros actos cuya anotación o inscripción
se hubiere ordenado por autoridad judicial o administrativa
competente, se presentará el oficio o testimonio respectivo
y, como minuta, la Solicitud Tipo que corresponda, suscrita
por la autoridad mencionada o por la persona en quien
aquélla haya delegado esa facultad o a la que se haya
autorizado a diligenciar el trámite.
Lo dispuesto
en el párrafo precedente, también se aplicará a los
pedidos de informes ordenados por dichas autoridades,
o a los pedidos que tengan por objeto acreditar el haber
sucesorio, ya sea que fueran suscritos por las mencionadas
autoridades o por las personas autorizadas por éstas
a diligenciar el trámite o por los letrados patrocinantes.
En los casos
previstos en este articulo, la firma estampada en la
minuta no requerirá certificación.
Las Solicitudes
Tipo que deben acompañarse como minutas de acuerdo a
este artículo, se entregarán gratuitamente sólo en los
trámites que se indican en el artículo 4º de la Sección
1ª de este Capítulo.
No podrá realizarse
más de una petición por Solicitud Tipo, con excepción
de alta y baja simultánea de motor con relación a un
mismo automotor.
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