Texto
completo de la norma:
REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y
CREDITOS PRENDARIOS
Disposición 343/98
Extiéndese a la totalidad de los Registros Secciónales
de la Propiedad del Automotor la aplicación del Digesto
de Normas Técnico Regístrales, en lo referente a los
pedidos de informe de dominio mediante el uso del
Formulario "57".
Bs. As, 14/4/98
B.O.: 20/04/98
VISTO el Digesto de Normas Técnico - Regístrales
del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor,
Titulo II, Capítulo XIV, Sección 1a, artículo 5° -
referido a pedidos de informe de estado de dominio
vía FAX - y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el precepto mencionado se reglamentó
él trámite de pedido de informe de dominio mediante
el uso del Formulario "57" -, habilitándose
con ello a solicitar dichos informes ante cualquier
Registro Seccional de la Propiedad del Automotor del
país, para conocer la situación jurídica de un automotor
cualquiera fuere el lugar de su radicación.
Que mediante Disposición D.N. N° 887/96 se fijo el
1° de noviembre de 1996 como fecha de entrada en vigencia
de dicha norma, pero se limito en una primera etapa
y en forma experimental la presentación de los pedidos
instrumentados por tales Formularios "57"
a los Registros Secciónales de la Propiedad del Automotor
con asiento en la Capital Federal.
Que, posteriormente, mediante Disposición D.N. N°
332/97, se extendió desde el 15 de abril de 1997 tal
aplicación a los Registros Secciónales de la Propiedad
del Automotor con asiento en las ciudades de Córdoba,
Rosario, Mar del Plata y Bahía Blanca.
Que la actual capacidad operativa del sistema y su
correcto funcionamiento permiten disponer su aplicación
en la totalidad de los Registros Secciónales de la
Propiedad del Automotor del país.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 2°, inciso c), del Decreto
N° 335/88.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES
DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
Artículo 1° -Extiéndese a la totalidad de los Registros
Secciónales de la Propiedad del Automotor la aplicación
del Digesto de Normas Técnico - Regístrales del Registro
Nacional de la Propiedad del Automotor, Titulo II,
Capítulo XIV, Sección 1a, artículo 5° en lo referente
a los pedidos de informe de dominio mediante el uso
del Formulario "57", a partir del 4 de mayo
de 1998.
Art. 2° -Comuníquese, publíquese en el Boletín de
esta Dirección Nacional y atento su carácter de interés
general, dése para su publicación a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. - Mariano A. Durand.