|  |  |  |  | 
          
 
 
             
              |  | Servicios |   
              |  |  |   
              |   |   Más 
                  recomendaciones   |   
              |  |  |    
             
              | Este 
                sitio fue pensado y diseñado para que usted cuente con 
                toda la información posible, no obstante ello, me permito 
                brindarle algunos consejos útiles: 
                   
                    No cierre ninguna operación 
                      de compraventa, permura, etc. con automotores, sin antes 
                      asesorarse. 
                    Recuerde siempre que si usted 
                      es titular de un automotor y lo vende, además de 
                      firmar el correspondiente formulario Tipo 08, debe realizar 
                      si o si la DENUNCIA DE VENTA 
                      del automotor, dado que es la única manera de que 
                      usted permanezca exento de responsabilidad civil ante terceros. 
                    Existe la creencia generalizada 
                      de pensar que la cláusula de responsabilidad civil 
                      que figura en la mayoría de los boletos de compraventa 
                      preimpresos, nos cubre frente a un eventual accidente. Lamentablemente 
                      debo decirles que esa cláusula tiene validéz 
                      únicamente entre las partes, por lo tanto para que 
                      sea oponible a terceros, debe estar inscripta en el correspondiente 
                      Registro de la Propiedad del Automotor, y la única 
                      manera existente es a través de la DENUNCIA 
                      DE VENTA. 
                      Recuerde que si no lo hace, está expuesto a que el 
                      día de mañana se desayune con una demanda 
                      en su contra por algún accidente automovilístico. 
                    Si lo desea puede consultar 
                      fallos de la suprema Corte de Justicia, a través 
                      de JUBA. la dirección en internet es http://www.scba.gov.ar.   |  |  |  |