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Información complementaria.

  • Resumen sobre el dominio de los automotores.

 

 

PLACAS DEFINITIVAS DE IDENTIFICACIÓN METÁLICAS

Los automotores se identificarán a partir de su inscripción inicial, con las PLACAS DE IDENTIFICACIÓN METÁLICAS, que los Registros Seccionales suministrarán al titular. Una placa se colocará en la parte delantera y otra en la parte trasera del automotor, siendo requisito ineludible para la circulación del mismo.

El Departamento Delegaciones, de la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor, adjudicar  a los Registros Seccionales los números de dominio que ‚estos otorgarán a cada inscripción inicial o reinscripción.

Hasta el 30-11-94 para la provincia de Mendoza y el 31-12-94 para el resto del país, los registros Seccionales encomendaban por su cuenta y cargo la confección de las "PLACAS DE IDENTIFICACIÓN METÁLICAS" ajustándose a las normativas vigentes.

Durante dicho lapso, las chapas patentes constaban de una letra seguida de SEIS o SIETE dígitos, donde la letra indicaba la provincia en la cual fue inscripto originalmente el vehículo y el número al guarismo conforme a la cantidad de vehículos inscriptos en la provincia, habiendo sido el mismo secuencial. En la actualidad dichas chapas patentes siguen estando colocadas en los distintos rodados hasta que su titular no efectúe ningún trámite relacionado con la documentación del mismo, cualquiera fuere la circunstancia (ej. cambio de radicación, transferencia, duplicado de cédula, etc. ...) o el reempadronamiento del mismo.


DISTRIBUCION DE LOS ÚLTIMOS DOMINIOS ASIGNADOS A CADA PROVINCIA

Provincia
Letra asignada
Último dominio adjudicado
Salta
A
095.500
Buenos Aires
B
2.772.700
Capital Federal
C
1.864.030
San Luis
D
047.050
Entre Ríos
E
194.200
La Rioja
F
024.850
Santiago del Estero
G
050.900
Chaco
H
095.300
San Juan
J
081.950
Catamarca
K
026.300
La Pampa
L
087.000
Mendoza
M
318.350
Misiones
N
109.500
Formosa
P
038.300
Neuquén
Q
075.750
Río Negro
R
102.700
Santa Fe
S
722.200
Tucumán
T
150.400
Chubut
U
111.000
Tierra del Fuego
V
059.000
Corrientes
W
098.050
Córdoba
X
712.600
Jujuy
Y
052.100
Santa Cruz
Z
050.600

OBSERVACIONES

Lo expresado en el cuadro anterior, corresponde al último dominio asignado a cada provincia, lo que no significa que los mismos hayan sido adjudicados en su totalidad, lo que sí es CLARO Y CONCRETO que no puede existir ningún dominio con numeración mayor a la especificada para cada provincia en el cuadro. LAS MISMAS NO TENIAN NINGUN TIPO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD, INCLUSO SE LAS PODIA HACER FABRICAR, EN CASO DE PÉRDIDA, EN CUALQUIER NEGOCIO QUE SE DEDICARA A TAL FIN.

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Chapa patente entregada hasta antes de la implementación del nuevo sistema de patentamiento


A partir de la puesta en vigencia del nuevo sistema de patentamiento, se reemplazó el anterior modelo, mediante la implementación de un sistema consistente en TRES LETRAS Y TRES NUMEROS, donde las letras no indican a ninguna provincia en particular ni tienen significado alguno, limitándose a una simple combinación de ellas, los números son correlativos desde el 000 al 999 por cada letra del abecedario ( ej. AAA 001 al 999, AAB 000 al 999, AAC 000 al 999, y as¡ sucesivamente hasta llegar a la Z. Luego cambiaría a ABA 000 al 999, ABB 000 al 999, ABC 000 al 999) sucediéndose en forma ordenada y correlativa.

Dichas patentes son entregadas a partir de la puesta en vigencia del sistema a todos los vehículos de inscripción inicial, es decir los 0Km., como así también para todos aquellos vehículos que ya encontrándose patentados con el sistema anterior, deben adoptar el nuevo sistema, conforme lo dispuesto por el RNPA.

Cabe acotar que a los fines de una estadística registral, el REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD AUTOMOTOR, determinó que a los vehículos de inscripción inicial ( 0Km.), se comenzó a otorgar los dominios desde la patente AAA - 001, mientras que a los reinscriptos se les otorgue desde el dominio RAA - 000.

El nuevo dominio, al igual que su antecesor, PERMANECE CON EL VEHICULO DURANTE TODA SU VIDA UTIL.

Como característica particular, cabe acotar que en caso de extravío de una o las dos chapas patentes, el propietario del rodado DEBERA SOLICITAR SU REPOSICION AL REGISTRO SECCIONAL CORRESPONDIENTE, no pudiendo, como en el anterior modelo HACERLA CONFECCIONAR EN CUALQUIER COMERCIO DEDICADO AL RUBRO.

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Chapa patente entregada a partir de la implementación del nuevo sistema de patentamineto

A diferencia del anterior dominio, el nuevo posee características especiales, tanto en el material con la que es fabricado, como en las medidas de seguridad implementadas tendientes a evitar su reproducción, siendo ellas las siguientes:

a) La misma está  confeccionada de aluminio, es de forma rectangular, presentando una faja central pintada en color negro mate, mientras que los extremos superior e inferior son pintados de color blanco refractante. En el extremo superior izquierdo con frente al observador, posee impreso el ESCUDO NACIONAL en colores; en su parte media superior presenta impresa la palabra ARGENTINA, en color celeste.

b) Las letras y números, correspondientes al dominio, van insertas en la faja central, est n grabadas en bajo relieve y pintadas de color blanco.

c) Como medida de seguridad, las chapas patentes poseen sellos circulares con la inscripción RNPA, distribuidos en forma uniforme en los extremos blancos superior e inferior, los cuales pueden visualizarse haciendo variar la incidencia de luz sobre la misma.

paten3.GIF (22666 bytes)

d) En caso de extravío, robo o hurto de la CHAPA PATENTE, debe solicitarse una nueva al Registro Seccional correspondiente, la nueva CHAPA PATENTE que le ser  entregada, ser  de la misma numeración que la original, con la única diferencia que las nuevas, entre las letras y los números, llevar  grabada en tamaño menor, pero de igual impresión la siguiente característica:

DUPLICADO DE PATENTE
LETRA "D"
TRIPLICADO DE PATENTE
LETRA "T"
CUADRUPLICADO DE PATENTE
LETRA "C"
QUINTUPLICADO DE PATENTE
LETRA "Q"
SEXTUPLICADO DE PATENTE
LETRA "S"
SEPTUPLICADO DE PATENTE
NUMERO "7"
OCTUPLICADO DE PATENTE
NUMERO "8"
NONUPLICADO DE PATENTE
NUMERO "9"

PLACAS DE IDENTIFICACION PROVISORIAS (DE PAPEL)

Las placas de identificación provisoria SON CONFECCIONADAS EN PAPEL COLOR BLANCO CON LAS INSCRIPCIONES EN COLOR ROJO.

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Estas placas de Identificación serán asignadas por los Registros Seccionales en los siguientes casos:

a) Automotores importados, rodando en tránsito entre la Aduana y el domicilio del importador o sus depósitos o desde éstos a sus concesionarios o viceversa, o para la verificación en el puesto respectivo

b) Automotores armados fuera de fábrica para rodar hasta el puesto de verificación.

c) Automotores subastados, cuando carecieran de documentación para rodar hasta el puesto de verificación.

d) Para trasladar el automotor a efecto de inscribirlo en el Registro Seccional correspondiente al domicilio del comprador, cuando hubiera sido adquirido fuera de dicha jurisdicción.

El Registro Seccional que adjudica las placas provisorias deber  completar los espacios de los respectivos juegos con el número de motor, chasis, nombre del solicitante, fecha de otorgamiento y de vencimiento de su plazo de validez, suscrita por el Encargado con su firma y sello. En todos los casos las placas provisorias otorgadas deber n devolverse al Registro Seccional en el momento que se presente el trámite de inscripción correspondiente. Hasta la puesta en vigencia del nuevo sistema de patentamiento, estas PLACAS PROVISORIAS estaban constituidas por TRES LETRAS y TRES NUMEROS, a partir de la entrada en vigencia del nuevo sistema, se sustituyó por TRES LETRAS y CUATRO NUMEROS.PLACAS DE IDENTIFICACION PARA CONCESIONARIOS. Las placas de concesionarios, son CONFECCIONADAS EN CHAPA PINTADAS DE COLOR ROJO CON LAS INSCRIPCIONES EN COLOR BLANCO.

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Podrán utilizarse exclusivamente en automotores 0Km. No inscriptos, asignados para su comercialización al concesionario adjudicatario la placa podrá ser usada por el fabricante o el importador, para circular en los siguientes casos:

  • Traslado de la terminal (fábrica) o de la Aduana a la concesionaria.
  • Traslado de un local a otro de la misma concesionaria
  • Traslado de la concesionaria a la terminal (fábrica) o a otra concesionaria.
  • Traslado para carrozado de la unidad.
  • Prueba de pre-entrega de la unidad.

Los Registros Seccionales podrán asignar hasta SEIS juegos por concesionario inscripto como comerciante habitualista.

No obstante ello el RNPA podrá asignar una cantidad mayor a la indicada precedentemente, si sobre la base de informes de los fabricantes o importadores, en los que se certifique el promedio anual de vehículos entregados a sus concesionarios para su comercialización, ello se justifique. Estos mismos Registros ser n los encargados de la confección de las mencionadas placas por su cuenta y cargo.

El Registro Seccional extender  al otorgar cada juego de placas, "UNA CONSTANCIA CON EL NÚMERO DE ELLA, EL NOMBRE Y DOMICILIO DE LA CONCESIONARIA RESPONSABLE Y LOS DATOS PERSONALES DEL CONCESIONARIO", la que deber exhibirse a la autoridad que lo requiera para poder circular. Asimismo deber  exhibirse a la autoridad un certificado suscrito por el representante legal de la concesionaria que contenga los siguientes datos: 1- Marca del vehículo. 2- Tipo de vehículo (automóvil), sedan, cupe, utilitario, pick-up, chasis).

3- Fecha de fabricación, o despacho a plaza o del remito a concesionario. 4- Número de motor. 5- Número de chasis / bastidor. 6- Número de placa de concesionario. Los Registros Seccionales llevan un libro en el que asientan los otorgamientos, renovaciones y cancelaciones de placas de concesionarios. En consecuencia se podrá requerir a los distintos Registros Seccionales que se encuentren en la jurisdicción de Antecedentes Automotores de la Dirección Nacional, un listado completo de todos los Registros Seccionales del país.PLACAS DE IDENTIFICACION DE ORGANISMOS DIPLOMATICOS. Dichas patentes son otorgadas por la Dirección Nacional de Ceremonial del Ministerio de Relaciones exteriores y culto a las distintas delegaciones diplomáticas, Consulares, Misiones Especiales, Organismos Internacionales acreditadas en el país.


Dichas placas tienen características y numeración distinta según se trate de uno u otro organismo, a saber:

a) PLACAS DE CUERPO DIPLOMATICO: son de color BLANCO CON MARCO Y LETRAS NEGRAS. Se colocan únicamente en los vehículos de Embajadores, Ministros de Relaciones Exteriores, Secretarios de Embajadas y agregados de Embajadas. Llevan la sigla "CD" seguido de CUATRO (4) dígitos. Se prevé‚ el cambio inminente por CD + sigla indicativa del país y orden jerárquico (Ej. CD-AUS-001).

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b) PLACAS DE CUERPO CONSULAR: son de color VERDE CON MARCO Y LETRAS ROJAS. Se colocan únicamente en los vehículos de Cónsules y Vicecónsules de los países acreditados en nuestro país. Llevan la sigla "CC" seguidas de CUATRO (4) dígitos.

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c) PLACAS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES: Son de color VERDE CON MARCO Y LETRAS ROJAS. Se colocan únicamente en los vehículos integrantes del Banco Interamericano de Desarrollo, OEA, Oficina Internacional del Trabajo, Yacireta, Etc. Llevan la sigla "OI" seguida de CUATRO (4) dígitos.

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d) PLACAS DE MISIONES ESPECIALES: Son de color VERDE CON MARCO Y LETRAS ROJAS. Se colocan únicamente en los vehículos de propiedad de profesores, expertos en distintas materias y especialistas en embajadas. Llevan la sigla "ME" seguida de CUATRO (4) dígitos.

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e) PLACAS DE PERSONAL ADMINISTRATIVO: Son de color VERDE CON MARCO Y LETRAS ROJAS. Se colocan únicamente en los vehículos utilizados por personal administrativo de Embajadas y Consulados. Llevan la sigla "PA" seguida de CUATRO (4) dígitos.

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NOTA: Déjase aclarado que los números de los distintos tipos de placas son del mismo color que el marco y las letras de cada una de ellas. Asimismo en la parte media inferior, la totalidad de las placas llevan grabado, en el mismo color la leyenda "REP. ARGENTINA."


f) PLACAS DE IDENTIFICACION PARA VEHICULOS OFICIALES: Son aquellas asignadas por el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial ya sea éste Nacional o Provincial a los miembros de los mismos, llevando cada uno de los mencionados organismos un registro de asignación de los dominios respectivos.

Las características particulares de estos tipos de chapas patentes varía conforme el organismo que las asigne (PODER EJECUTIVO, LEGISLATIVO o JUDICIAL, NACIONAL o PROVINCIAL).

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g) PLACAS PROVISORIAS DE FABRICANTES. Las fábricas terminales podrán utilizar placas de identificación metálicas, similares a las de uso común, para los automotores 0Km. que deban rodar en tránsito o para ensayos en la vía pública, antes de su entrega a concesionarios. Cada una de las fábricas terminales contará con un lote de 20 placas metálicas comunes según la siguiente numeración por fábrica terminal.         

PLACAS NUEVO MODELO
SCANIA AKO 150 AL AKO 169
AUTOLATINA AKO 090 AL AKO 109
SEVEL AKO 110 AL AKO 129
CIADEA (EX RENAULT) AKO 130 AL AKO 149
MERCEDES BENZ AKO 170 AL AKO 189
DEUTZ AKO 190 AL AKO 209
IVECO AKO 210 AL AKO 229

Los dominios mencionados precedentemente fueron otorgados por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, conforme Disposición Nro. 339/90 del 19 de junio de 1.990.

Los automotores que circulen con placas metálicas Provisorias de Fabricantes, deber n llevar la siguiente documentación:

a) Placa provisoria (de papel) adjudicada vigente, conforme a normas establecidas, sin obligación de exhibirlas excepto a requerimiento de autoridad policial.

b) Certificado emitido por el RNPA correspondiente al número de placa metálica colocada en el automotor. Este certificado justificará el uso y posesión de las placas metálicas ante la autoridad policial.


DOMINIOS (MOTOVEHÍCULOS):

Inicialmente la inscripción, registro y otorgamiento de CHAPAS PATENTES de éstos rodados era incumbencia provincial o municipal, hasta el surgimiento de la Resolución Nro. 586/88 del Secretario de Justicia, mediante la cual se dispuso incluir en el régimen establecido en el decreto ley 6582/58, a los MOTOVEHÍCULOS. Asimismo faculta a la DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS, a disponer la fecha a partir de la cual comenzar  la inscripción de éstos vehículos, ya sea nuevos o usados.

Es así como surgen disposiciones emanadas del RNPA, entre ellas la resolución "DN 14/91" y la "DN 581/91", mediante las cuales se estableció el REGIMEN NORMATIVO PARA LOS MOTOVEHÍCULOS.

Asimismo y a los fines registrales se procedió a la creación de REGISTROS SECCIONALES específicos para motovehículos, los cuales al igual que los Registros Seccionales para automotores se encuentran codificados con un número de cinco dígitos a partir del número 25.000, en cuanto al nombre de los mismos, en lugar de número, como los de automotores, se le asigna una letra (ej. 25.092 BERAZATEGUI "A"; BERAZATEGUI "B").

El presente sistema de registro y patentamiento de MOTOVEHÍCULOS, comenzó a aplicarse a partir del 01-02-91.

Entre los principales aspectos considerados por dichas resoluciones vamos a ocuparnos solo de la identificación de un motovehículo.

Los MOTOVEHÍCULOS, se individualizan con una identificación de motor y otra de cuadro, las que deber n ser grabadas por las fábricas terminales en los lugares reservados al efecto, mediante la utilización de cuños.


MATRICULA DE DOMINIO O CHAPA PATENTE

La misma será adjudicada por Registros Seccionales a cada motovehículo inscripto y estará formada por TRES NUMEROS y TRES LETRAS (ej. 654 EDF). En el lateral izquierdo y en forma vertical, en letras más pequeñas de color blanco, la inscripción de la sigla RNPA.

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La matrícula de dominio se reproducirá en una placa identificatoria de color negro con combinación de números y letras blancas. Tendrá una altura de 13 cm. y un ancho de 15 cm., la cual ser  colocada en la parte trasera del motovehículo.

 

 
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